Servicio Estatal

Aclaración Administrativa de Acta de Nacimiento

HOMOCLAVE: ND183

Vías de atención:
Presencial
Sujeto Obligado

OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO

Unidad Administrativa Responsable

OMG - DIRECCIÓN DE LA COORDINACIÓN DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE TLAXCALA

Tipo de trámite o servicio

Trámite

Descripción Ciudadana

La Aclaración Administrativa se realiza cuando existen errores o defectos mecanográficos, ortográficos, numéricos o de otra índole meramente accidental siempre y cuando no alteren los datos de la misma.

Describa con lenguaje claro, sencillo y conciso los casos en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio

Realizar la corrección de los datos contenidos en el acta de nacimiento derivados de un error humano y/o mecanografico sin alterar datos esenciales

Tipo de trámite o servicio

CORRECIÓN DE DATOS

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

- Interesado

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico que da origen al trámite

Reglamento Interior de la Dirección de la Coordinación de Registro Civil para el Estado de Tlaxcala.

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 26, 113, 114, 115, 117, 118, 119, 120, 122, 123 y 124.


Nombre del Fundamento Jurídico que da origen al trámite

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Art 640, 640 BIS, 640 TER, 640 Quater y 641, 641 A.


Estadísticas del Trámite

0

N° de solicitudes realizadas
(año anterior)

0

N° de solicitudes aceptadas 2024

0

N° de solicitudes rechazadas 2024

Sector al que va dirigido el trámite o servicio

Ciudadano

¿El trámite o servicio que se aplica esta relacionado con alguna actividad económica en particular?

No

El trámite o servicio, se realiza cuando una empresa se encuentra en

Ninguna de las anteriores

Medida de la vigencia

0 Años

Observaciones

Una vez que haya notificado de la resolución de aclaración o rectificación administrativa tendra un término de veinte días hábiles para acudir a su respectiva Oficialía con el fin de realizar la incerción de anotación marginal correspondiente, de no hacerlo, preescribira el derecho de la persona solicitante, quedando sin efectos el contenido de la resolución emitida dentro del procedimiento y teniendo que promover nuevo procedimiento de aclaración administrativa de acta de nacimiento.

¿La resolución es requisito de otro trámite o servicio?

No

Tipo de Ficta

No Aplica

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos.

Total de requisitos: 5

Descripción:

Escrito libre sobre la solicitud

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Documento para entregar al Sujeto Obligado

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

0

Descripción:

Copia fiel de acta de nacimiento certificada por el Oficial del Registro Civil del Municipio.

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Copia Certificada

Cantidad de copias:

1

Descripción:

Copia fiel de acta de nacimiento cotejada por el Departamento de Archivo Central de la Coordinación del Registro Civil

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Copia simple

Cantidad de copias:

1

Descripción:

INE, Pasaporte, Licencia de conducir o constancia de identidad con fotografia y firma del interesado

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

Documentos probatorios (cualquiera de los siguientes ejemplos: CURP, Cartilla Militar, Certificado de Estudios, Pasaporte, Actas de nacimiento de hijos, Actas de nacimiento de nietos, Comprobantes de vacunacion covid, Tarjeta INAPAM, Documentacion de Afore, Cédula de identificación Fiscal)

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

¿Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite o servicio?

Señale la metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio

1. Una vez que se haya acreditado la procedencia, así como la identidad del solicitante, se turnara el expediente al área de proyección para su resolución; dicha resolución puede ser parcial o total, despues de ello, pasa a revisión y corrección, posteriormente se remite el expediente y la resolución al Despacho del Director para recabar la firma del Director del Registro Civil y se encuentre listo para su notificación

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los criterios de resolución

Reglamento Interior de la Dirección de la Coordinación del Registro Civil para el Estado de Tlaxcala

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 119, 120, 122, 123, 124, 125.

Canales de atención

Presencial

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los medios de Presentación

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Articulo 641 A

¿Es posible que se pueda agendar una cita de manera presencial?

No

¿Es posible agendar la cita en línea?

No

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

    1.- El interesado se presenta a la ventanilla del Área de Aclaraciones Administrativas con su escrito de solicitud de Aclaración Administrativa con sus documentos.

    2.- La persona de ventanilla revisa y valida la documentación, así mismo coteja si la persona acredita su personalidad.

    3.- Se elabora el pago de derechos correspondiente a la Resolución Administrativa,

    4.- Una vez acreditado lo anterior, ingresa su expediente, se asigna número de expediente, se captura y se registra en la base de datos.

    5.- Pasado el término establecido, el interesado pasara a la ventanilla para poder notificarle la Resolución Administrativa

¿Existe una aplicación para presentar el trámite o servicio?

No

Pasos que se tiene que seguir en la aplicación electrónica

¿Es posible realizar el trámite o servicio completamente en línea sin acudir a oficinas gubernamentales?

No

¿Es posible cargar o subir documentos en línea?

No

¿Se puede dar seguimiento? es decir, mostrar a los interesados el estatus en que se encuentra el trámite o servicio, ya sea que se encuentre en proceso de resolución, revisión, rechazado o resuelto

¿Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos?

No

¿La resolución o respuesta oficial es por Internet?

No

¿Utiliza firma electrónica avanzada?

No

¿Es posible realizar notificaciones en línea por información faltante?

¿Es posible realizar notificaciones sobre vencimiento de plazos de respuesta?

¿El trámite o servicio es de resolución inmediata?

No

¿Es posible realizar notificaciones sobre plazos de prevención?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía telefónica?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía mensajes de texto?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio en Kioscos u otras sedes alternativas?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio por otra vía?

No

Personas relacionadas con el trámite o servicio

Lcda. Giselle Hernandez Rodriguez

Contacto oficial

direccion.regcivil@tlaxcala.gob.mx

2464652960 Ext 1223

Oficinas de atención

Dirección de la Coordinación del Registro Civil
Áreas Responsables:
OMG - DIRECCIÓN DE LA COORDINACIÓN DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE TLAXCALA , OMG - REGISTROS EXTEMPORANEOS , OMG - DEPARTAMENTO DE PUBLICACIONES OFICIALES , OMG - DIRECCIÓN DEL ARCHIVO HISTÓRICO , OMG - DIRECCIÓN DE LICITACIONES, CONCURSOS Y PRECIOS UNITARIOS , OMG - DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
Descripción del modulo:

Dirección de la Coordinación del Registro Civil

Domicilio

Juárez No. Exterior 5, No. Interior nd Col. Tlaxcala Centro, Tlaxcala, Tlaxcala, C.P. 90000

Atención telefónica:

2464626239 , Ext. .

Correo electrónico:

periodicooficial.omg@tlaxcala.gob.mx

Horario de Atención:

Lunes a Viernes de 09:00 a.m. a 15:00 p.m.

Notas

Centro de Tlaxcala, frente a la Plaza Xicohtencatl

Unidad del Monto

Actualización (UMA)

Tipo de Cálculo del Monto

Monto Fijo

Costo Monto Fijo

5.00

Cálculo de Monto Fijo en pesos

$542.85

Momento en el que se debe realizar el pago

Posterior a la resolución

Medios disponibles de pago

Banco comercial

  • BANORTE
  • BANAMEX
  • BBVA BANCOMER
  • SANTANDER
  • SCOTIABANK
  • HSBC

Comercios

  • Oxxo
  • Aurrerá
  • Farmacias del Ahorro

Fundamento Jurídico

Fundamento jurídico de la cantidad a pagar por la realización del trámite o servicio

Codigo Financiero para el Estado de Tlaxcala

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 157 fracción VIII, IX inciso a).

Plazo Máximo

90 Días Naturales

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Resolución

Reglamento Interior de la Dirección de la Coordinación del Registro Civil para el Estado de Tlaxcala

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 119, fracción II

Plazo Máximo

No aplica

Plazo Máximo

No aplica

¿Este trámite o servicio requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

No

¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?

Fines de Acreditación

Descripción Fines de Acreditación

Deberá conservar el acuse que contiene sello con fecha de recibido y número de expediente asignado para su seguimiento

Fines de Verificación

Descripción de Fines de Verificación

Para consulta de seguimiento al trámite presentado

Fines de Inspección

No

Fines de Otros

No

Fundamento Jurídico


Nombre del Fundamento Jurídico de la Conservación de Información

Ley General de Archivos del Estado de Tlaxcala

Artículo/Fracción/Inciso/Párrafo/Número/Letra/Otro

Art. 31 Fracción IX de la Ley General de Archivos


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