Regulación Estatal
Código Financiero para el Estado de Tlaxcala
Fecha de publicación

31/12/2002

Medio de publicación

Periódico Oficial del Gobierno del Estado

Tipo de Ordenamiento jurídico:

Código

Vigencia

Vigencia indefinida

Link de creación
VER

Dependencia

SECRETARÍA DE FINANZAS

Fechas y links de modificaciones

Fecha de Modificación: 08/02/2022
Link de Modificación: Ver

Ámbito de Aplicación:

Estatal

Objeto de la Regulación

La obtención, administración y aplicación de los ingresos públicos del Estado y sus municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias

Sujetos Regulados

  • Poder Ejecutivo

Materias Reguladas

  • Administrativa

Sector Regulado

  • Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales

Índice de la regulación

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES PRELIMINARES

Capítulo Único

Artículo 1 Las disposiciones de este código son de orden público e interés general, y tienen por objeto regular:

Artículo 2 Para efectos de este código se entenderá por: I. Ayuntamientos: ...

Artículo 3 La Secretaría y los ayuntamientos, en sus respectivos ámbitos de competencia, quedan expresamente facultados para interpretar el presente ordenamiento para efectos administrativos

Artículo 4 Los plazos o términos fijados en este código se computarán por días naturales, salvo los fiscales..

Artículo 5 Son autoridades fiscales para los efectos de este código: I. En el ámbito estatal..

Artículo 6 El Estado, los municipios y los organismos públicos descentralizados podrán celebrar convenios para la administración y recaudación de contribuciones y aprovechamientos

Artículo 7 El Gobernador queda expresamente facultado para expedir las disposiciones...

TÍTULO SEGUNDO

ELEMENTOS GENERALES DE TRIBUTACIÓN

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 8 Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir, de manera proporcional y equitativa...

Artículo 9 Las contribuciones establecidas en este código se clasifican en impuestos, derechos y contribuciones especiales

Artículo 10 Los impuestos, son contribuciones con carácter general y obligatorio, que se establecen a cargo de personas físicas y morales

Artículo 11 Son derechos, las contraprestaciones establecidas en las disposiciones legales respectivas...

Artículo 12 Son contribuciones especiales, las prestaciones y contraprestaciones legalmente obligatorias...

Artículo 13 Son aprovechamientos los ingresos que perciba el Estado o los municipios por las funciones de derecho público..

Artículo 14 Los recargos, sanciones, gastos de ejecución e indemnizaciones son accesorios de las contribuciones...

Artículo 15 Son productos, las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado o los municipios, en sus funciones de derecho privado

Artículo 16 Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalen excepciones a las mismas...

Artículo 17 Las contribuciones se causan cuando se realizan las situaciones previstas en este código y demás leyes fiscales municipales

Artículo 18 Los contribuyentes tienen la obligación de presentar declaraciones para el pago de contribuciones

Artículo 19 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la autoridad fiscal en todo tiempo podrá emitir propuestas de declaraciones..

Artículo 20 Las declaraciones que presenten los contribuyentes sólo podrán ser complementadas hasta en tres ocasiones...

Artículo 20 A Los pagos que se efectúen se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución...

Artículo 21 Los contribuyentes, al presentar sus declaraciones, deberán acompañar los anexos que se le soliciten en cada caso...

Artículo 21 A Las promociones de los contribuyentes para las que no exista formato específico, deberán presentase mediante escrito...

Artículo 22 Los plazos para efectos fiscales se sujetarán a lo dispuesto en este...

Artículo 23 Los gobiernos Federal, Estatal y Municipal estarán obligados al pago de contribuciones...

Artículo 23 A Los actos administrativos que se deban notificar deberán contener por lo menos los requisitos siguientes:

Capítulo II

Créditos Fiscales

Sección Primera

Generalidades

Artículo 24 Son créditos fiscales las obligaciones determinadas en cantidad líquida que tengan derecho a percibir el Estado, sus municipios o los organismos públicos descentralizados...

Artículo 25 Corresponde a los contribuyentes la determinación de las contribuciones a su cargo...

Artículo 25 A De acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, el contribuyente contará con un plazo máximo de diez días...

Artículo 26 El monto de las contribuciones, aprovechamientos,así como de las devoluciones a cargo del fisco estatal..

Artículo 26 A El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco estatal, se actualizará...

Artículo 27 Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará...

Artículo 28 Para efectos fiscales se considerará domicilio de las personas físicas o morales, o responsables solidarios...

Artículo 29 Son responsables solidarios del pago de créditos fiscales: I. Las...

Artículo 30 El Gobernador o los ayuntamientos, según corresponda, mediante resoluciones de carácter general...

Artículo 31 La Secretaría y los presidentes municipales en sus respectivas competencias podrán, previa solicitud del contribuyente...

Artículo 32 El crédito fiscal podrá ser exigible de manera inmediata y, en consecuencia, cesará la autorización de pago diferido o en parcialidades...

Sección Segunda

Pago de Contribuciones y Créditos Fiscales

Artículo 33 Los pagos podrán hacerse indistintamente en efectivo; con cheque de caja o certificado; con tarjeta de crédito o débito...

Artículo 34 El pago de los derechos que establece este código, debe hacerse antes de recibir el servicio correspondiente

Artículo 35 Las contribuciones establecidas en este código deberán pagarse en la fecha o dentro del plazo previsto por las disposiciones correspondientes...

Artículo 35 A Los contribuyentes que estén obligados a realizar pagos de conformidad con lo establecido en este código...

Artículo 36 En los casos en que un contribuyente demuestre que la falta de pago de un crédito fiscal, obedece a causas imputables a las autoridades...

Artículo 37 Cuando en este código se haga mención a UMA deberá entenderse que se refiere a la Unidad de Medida y Actualización vigente...

Artículo 38 La falta de pago de los créditos fiscales y sus accesorios hará que sean exigibles mediante el procedimiento administrativo de ejecución...

Artículo 39 Las autoridades fiscales, a petición de los contribuyentes, podrán autorizar el pago a plazos, ya sea diferido o en parcialidades...

Artículo 40 La autoridad fiscal devolverá las cantidades que le hubieren sido pagadas indebidamente, a solicitud del contribuyente...

Artículo 41 La obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal

Subsección Primera

De los Medios Electrónicos de Pago

Artículo 41 A Para efectos del artículo 35-A de este código, los contribuyentes obligados a presentar declaraciones de pagos mensuales...

Artículo 41 B Se entiende por transferencia electrónica de fondos, para efectos de este código, el pago de las contribuciones...

Artículo 41 C El comprobante electrónico de pago emitido, contará con el sello digital de la Secretaría y datos de identificación...

Sección Tercera

Garantías Fiscales

Artículo 42 La garantía del interés fiscal se ofrecerá por el interesado ante la autoridad que corresponda...

Artículo 43 Procede garantizar el interés fiscal, cuando: I. El contribuyente...

Artículo 44 Los créditos fiscales podrán garantizarse mediante: I. Depósito en...

Artículo 45 La garantía deberá constituirse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en se que hubiere notificado...

Artículo 46 Las garantías del interés fiscal se harán efectivas mediante el procedimiento administrativo...

Sección Cuarta

Extinción y Cancelación

Artículo 47 Será procedente la extinción del crédito fiscal en los casos siguientes:...

Artículo 48 La autoridad fiscal podrá cancelar créditos fiscales, por incosteabilidad en el cobro o por insolvencia

Artículo 49 El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años,...

Artículo 50 El crédito fiscal prescribirá según corresponda: I. En el término de...

Artículo 51 Transcurrido el término a que se refieren los artículos 49 y 50, la autoridad competente hará la declaratoria...

Capítulo III

Compensación

Artículo 52 Procederá la compensación cuando los contribuyentes que tengan cantidades a su favor lo soliciten...

Artículo 53 No se causarán recargos cuando el contribuyente compense el saldo a su favor hasta por el monto de dicho saldo...

Capítulo IV

Valuaciones

Artículo 54 Para los efectos fiscales, los avalúos vinculados con las contribuciones establecidas en este código sólo podrán ser practicados..

Artículo 55 Las instituciones de crédito, así como las sociedades civiles o mercantiles a que se hace mención en el artículo anterior,..

Artículo 56 En caso de que las personas autorizadas por la autoridad fiscal o registradas ante ella, practiquen avalúos...

Artículo 57 Los contribuyentes que celebren ante notarios, jueces, corredores públicos y demás personas que por disposición legal tengan fe pública...

Capítulo V

Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes

Artículo 58 Son derechos de los contribuyentes: I. Solicitar por escrito a la...

Artículo 59 Son obligaciones de los contribuyentes: I. Inscribirse en los registros...

Artículo 60 Para los efectos del artículo anterior, se observarán las reglas siguientes

Capítulo VI

Facultades de las Autoridades

Artículo 61 Para determinar las contribuciones omitidas o la existencia de créditos fiscales y dar las bases de su liquidación...

Artículo 62 En las visitas domiciliarias que tengan como objeto verificar la presentación de solicitudes o avisos...

Artículo 62 A Para efectos de lo dispuesto por el Artículo 61 Fracción IX de este código...

Artículo 62 B El organizador, patrocinador, administrador, representante, o quien se encuentre al frente de la diversión o espectáculo...

Artículo 63 Las visitas domiciliarias que tengan como objeto verificar el correcto cumplimiento de las disposiciones fiscales...

Artículo 64 En los casos en que al practicarse una visita, auditoría, inspección o revisión, los contribuyentes...

Artículo 65 Las autoridades fiscales concluirán las visitas domiciliarias o la revisión de la documentación que se realice...

Artículo 65 A Las autoridades fiscales que al ejercer sus facultades de comprobación señaladas en las fracciones I y III del artículo 61 de este Código...

Artículo 66 Las autoridades fiscales que en ejercicio de sus facultades de comprobación, fuera de una visita domiciliaria...

Artículo 66 A El plazo para concluir las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete se suspenderá...

Artículo 67 Los informes, datos, documentos o la presentación de la contabilidad o parte de ella...

Artículo 68 DEROGADO

Artículo 69 DEROGADO

Artículo 70 DEROGADO

Artículo 71 DEROGADO

Artículo 72 Cuando al realizarse actos de inspección se descubran bienes sin ninguna documentación oficial que acredite su transportación o almacenamiento

Artículo 73 Las autoridades fiscales podrán calcular en forma presuntiva, la base de las contribuciones a cargo de los contribuyentes

Artículo 74 Las autoridades al determinar presuntivamente la base de las contribuciones...

Artículo 74 A En caso de que los contribuyentes se coloquen en alguna de las causales de presuntiva...

Artículo 74 B En caso de que los contribuyentes se coloquen en alguna de las causales de presuntiva o...

Artículo 75 Las autoridades fiscales están obligadas a recibir y contestar por escrito las consultas y peticiones que les formulen los contribuyentes 

Artículo 76 Cuando con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, la autoridad fiscal conozca de la comisión de infracciones o de hechos presuntamente delictivos

Artículo 77 Las autoridades fiscales podrán solicitar para guardar el debido orden de las diligencias... 

Capítulo VII

De la Caducidad

Artículo 78 Las facultades de las autoridades fiscales para comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales...

Artículo 79 Se extinguen las facultades de las autoridades fiscales en un plazo de siete años...

TÍTULO TERCERO

LEYES DE INGRESOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS

Capítulo I

Estimación de los Ingresos

Artículo 80 El Estado y los municipios, en su respectivo ámbito de competencia,...

Artículo 81 Todos los ingresos que tenga derecho a percibir el Estado o los municipios,

Artículo 82 La Secretaría y las tesorerías serán las encargadas de formular la estimación de sus ingresos...

Artículo 83 Las dependencias y entidades que presten servicios que den lugar al pago de aprovechamientos...

Artículo 84 Para la formulación de la estimación de ingresos del Estado, la Secretaría estará facultada...

Capítulo II

Iniciativas de Leyes de Ingresos

Artículo 85 Con base en la estimación de ingresos, la Secretaría elaborará el proyecto de iniciativa de Ley de Ingresos del Estado...

Artículo 86 La iniciativa de Ley de Ingresos del Estado se presentará en términos de lo que dispone la Constitución local.

Artículo 87 La Secretaría, a solicitud del Congreso, proporcionará toda la información...

Capítulo III

Ejecución de las Leyes de Ingresos

Artículo 88 Corresponde a las autoridades fiscales del Estado, la ejecución de la Ley de Ingresos respectiva

Artículo 89 Los servidores públicos que tengan bajo su guarda o manejen fondos y valores públicos...

TÍTULO CUARTO

INGRESOS TRIBUTARIOS DEL ESTADO

Capítulo I

Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos

Sección I

Disposiciones Generales

Artículo 90 DEROGADO

Artículo 91 Están obligados al pago del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos...

Artículo 92 DEROGADO

Artículo 93 Este impuesto se pagará y recaudará de acuerdo con las características del vehículo...

Sección II

De los Automóviles Nuevos

Artículo 93 A Tratándose de automóviles, minibuses, microbuses, autobuses, omnibuses,..

Artículo 93 B Tratándose de motocicletas nuevas, el impuesto a que se refiere este capítulo se calculará aplicando al valor total de la motocicleta...

Artículo 93 C Tratándose de automóviles eléctricos nuevos, así como de aquellos eléctricos nuevos

Sección III

De los Vehículos Usados de Uno a Nueve Años Modelo de Antigüedad

Artículo 93 D Tratándose de vehículos de fabricación nacional o importados, a que se refiere el artículo 93 A...

Artículo 93 E Tratándose de automóviles de servicio particular que pasen a ser de servicio público de transporte de alquiler...

Artículo 93 F Tratándose de automóviles de fabricación nacional o importados, destinados al transporte de hasta quince pasajeros...

Artículo 93 G Tratándose de motocicletas de fabricación nacional o importada, de hasta nueve años...

Artículo 93 H Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 93 A, 93 B, 93 J y 93 M de este Código...

Sección IV

Otros Vehículos

Artículo 93 I En la presente Sección se establecen las disposiciones aplicables a las aeronaves..

Artículo 93 J Tratándose de aeronaves nuevas, el impuesto a que se refiere esta Sección será...

Artículo 93 K Tratándose de aeronaves de uno a nueve años modelo de antigüedad, el impuesto será...

Artículo 93 L Tratándose de embarcaciones, veleros, esquís acuáticos motorizados,...

Artículo 93 M Tratándose de aeronaves de más de diez años de fabricación anteriores al de aplicación de este Código...

Artículo 93 N Tratándose de embarcaciones, veleros, esquís acuáticos motorizados,...

Artículo 93 Ñ Las autoridades competentes para expedir los certificados de aeronavegabilidad...

Artículo 93 O A requerimiento de las autoridades fiscales, los sujetos obligados al pago del impuesto...

Artículo 93 P Las infracciones a las disposiciones a que se refiere este capítulo, serán sancionadas...

Artículo 94 Para el cobro de este impuesto la autoridad fiscal podrá requerir al contribuyente...

Artículo 95 El impuesto estatal sobre tenencia o uso de vehículos se pagará,...

Artículo 96 Son responsables solidarios del pago de este impuesto: I. Quienes por...

Artículo 97 No están obligados al pago del gravamen a que se refiere este capítulo, los propietarios de los vehículos...

Artículo 97 A Tratándose de vehículos automotores nuevos, cuyo valor total del vehículo

Artículo 97 B Tratándose de vehículos automotores usados, cuyo valor total del vehículo...

Capítulo II

Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos con Cruce de Apuestas Legalmente Permitidos

Artículo 98 Es objeto de este impuesto, el ingreso en efectivo, en especie o en el valor de los servicios

Artículo 99 Están obligados al pago de este impuesto las personas físicas y morales que en el Estado...

Artículo 100 Los contribuyentes que organicen, administren, exploten o patrocinen,...

Artículo 101 La base de este impuesto será el total de los ingresos en efectivo,...

Artículo 102 Este impuesto se determinará y recaudará aplicando a la base gravable la..

Artículo 103 El pago de este impuesto deberá efectuarse en las instituciones de crédito autorizadas...

Artículo 104 El Gobierno Federal, el Estado, los municipios, el Patronato del Ahorro Nacional, ...

Capítulo III

Impuestos Sobre Diversiones y Espectáculos Públicos

Artículo 105 Es objeto de este impuesto, el ingreso que perciban las personas físicas y morales por la explotación...

Artículo 106 Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y morales que en el Estado...

Artículo 107 Los contribuyentes que organicen funciones de circo, obras de teatro,...

Artículo 108 La base gravable de este impuesto será el total de los ingresos en dinero...

Artículo 109 Este impuesto se determinará y recaudará de conformidad con la base gravable

Artículo 110 El pago de este impuesto deberá efectuarse en las instituciones de crédito autorizadas...

Artículo 111 El pago de este impuesto no libera de la obligación de obtener previamente...

Artículo 112 Tienen responsabilidad solidaria para el pago del impuesto, las personas que mediante...

Artículo 113 El Gobierno Federal, el Estado y los Municipios, están obligados al pago de este impuesto...

Capítulo IV

Impuesto Sobre la Prestación del Servicio de Hospedaje

Artículo114 Es objeto de este impuesto, el pago por la prestación de servicios de hospedaje...

Artículo 115 Son sujetos de este impuesto las personas físicas y morales que presten los servicios de hospedaje...

Artículo 116 Es base gravable de este impuesto, el monto total de los ingresos que perciban las personas físicas y morales...

Artículo 117 Los contribuyentes calcularán este impuesto por la prestación de servicios de hospedaje

Artículo 118 Este impuesto se causará en el momento en que ocurra el primero de...

Artículo 119 Este impuesto se pagará mediante declaración mensual, a más tardar el día...

Artículo 120 No se considerarán servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por los hospitales...

Artículo 120 A Para efectos del artículo 74 de este código, tratándose de hoteles, moteles, casas de huéspedes…

Capítulo V

Impuesto Sobre Ejercicio de Profesiones

Artículo 121 Son objeto del impuesto sobre ejercicio de profesiones, los ingresos que perciban las personas físicas...

Artículo 122 Son sujetos de este impuesto las personas físicas que perciban ingresos dentro del territorio del Estado...

Artículo 123 Será base de este impuesto, el monto total de los ingresos percibidos en los términos...

Artículo 124 Este impuesto se pagará y recaudará aplicando la tasa del tres por ciento...

Artículo 125 Los contribuyentes habituales deberán pagar este impuesto, mediante declaraciones mensuales...

Capítulo VI

Impuesto Sobre Funciones Notariales y Correduría Pública

Artículo 126 Es objeto de este impuesto, la prestación de servicios notariales y de correduría pública...

Artículo 127 Son sujetos de este impuesto las personas que realicen dentro del territorio...

Artículo 128 Es base de este impuesto, el importe de los honorarios que perciban los sujetos del mismo...

Artículo 129 Este impuesto se pagará y recaudará aplicando la tasa del tres por ciento.

Artículo 130 Los sujetos deberán pagar este impuesto, mediante declaraciones por mes vencido...

Artículo 130 A Los sujetos de este impuesto, deberán registrar en los libros de gobierno el número de folio correspondiente...

Capítulo VII

Impuesto Sobre Nóminas

Artículo 131 Es objeto de este impuesto, la realización de pagos en dinero o en especie...

Artículo 132 Son sujetos de este gravamen las personas físicas o morales que habitual o eventualmente...

Artículo 133 Será base de este impuesto, el monto total de las remuneraciones al trabajo personal...

Artículo 134 El pago de este impuesto se realizará aplicando la tasa del tres por ciento.

Artículo 135 A fin de incentivar la generación de empleos, el Gobernador del Estado podrá otorgar...

Artículo 136 El pago del impuesto sobre nóminas deberá efectuarse en las instituciones de crédito autorizadas...

Capítulo VIII

Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados

Artículo 137 Es objeto de este impuesto la adquisición de vehículos automotores usados...

Artículo 138 Son sujetos de este impuesto, las personas físicas o morales que adquieran vehículos automotores usados

Artículo 139 El impuesto a pagar se determinará con base al año al que corresponda el modelo del vehículo...

Artículo 140 Este impuesto, se causará cuando se dé cualquiera de los siguientes...

Artículo 141 El impuesto se pagará mediante la presentación del documento que acredite la propiedad del vehículo automotor...

Artículo 142 Las personas físicas o morales que realicen actividades empresariales, dedicadas a la compraventa de vehículos usados...

Artículo 143 Son responsables solidarios del pago de este impuesto: I. Quienes...

Artículo 144 Queda eximido del pago del impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados...

Artículo 145 Las infracciones a las disposiciones relativas al impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados...

Capítulo IX

Derechos Estatales

Sección Primera

Derechos por los Servicios Prestados por Dependencias del Poder Ejecutivo

Artículo 146 Los servicios prestados por las dependencias del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado...

Subsección Primera

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Gobierno

Artículo 147 Los servicios prestados por la Secretaría de Gobierno, a través de la...

Artículo 148 Por el registro de los actos no previstos expresamente en el artículo anterior...

Artículo 149 DEROGADO

Artículo 150 Cuando las escrituras públicas o documentos de que se trate, contengan diversos contratos o actos jurídicos...

Artículo 151 Los derechos correspondientes a las funciones notariales, que deben cubrir los interesados...

Artículo 152 DEROGADO

Subsección Segunda

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Movilidad y Transporte

Artículo 153 Los servicios prestados por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado...

Subsección Tercera

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Finanzas

Artículo 154 Los derechos por los servicios que preste la Secretaría de Finanzas, serán

Artículo 155 La Secretaría, a través de la Dirección de Ingresos y Fiscalización expedirá las licencias o refrendo...

Artículo 155 A Las cuotas a que se refiere el artículo anterior serán fijadas por la...

Artículo 155 B Por ningún motivo se podrán encontrar en el interior de los establecimientos...

Artículo 156 Para efectos del artículo anterior, los establecimientos o locales, se...

Subsección Cuarta

Derechos por los Servicios Prestados por la Oficialía Mayor de Gobierno

Artículo 157 Los servicios proporcionados por la Oficialía Mayor de Gobierno, causarán...

Artículo 158 Los servicios de estancia que proporcione el Centro de Atención Infantil del Gobierno del Estado

Subsección Quinta

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Infraestructura

Artículo 159 Los servicios proporcionados por la Secretaría de Infraestructura...

Subsección Quinta BIS

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda

Artículo 159 A Los servicios proporcionados por la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda, causarán los respectivos derechos

Subsección Sexta

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Medio Ambiente

Artículo 160 Los servicios que proporciona la Secretaría de Medio Ambiente, causarán los respectivos derechos...

Subsección Séptima

Derechos por los Servicios Prestados por la Procuraduría General de Justicia

Artículo 161 Los derechos por los servicios que preste la Procuraduría General de Justicia...

Subsección Octava

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de la Función Pública

Artículo 162 Los derechos por los servicios que preste la Contraloría del Ejecutivo,...

Artículo 162 A Los derechos por los servicios que preste la Secretaría de Salud por sí…

Subsección Novena

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Salud

Artículo 162 B Los servicios prestados por la Secretaría de Salud, a través de su Organismo Desconcentrado Instituto Tlaxcalteca de Asistencia Especializada

Artículo 162 C Los servicios prestados por la Secretaría de Salud, a través de su Organismo Desconcentrado Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala

Artículo 162 D Por los servicios de verificación o fomento sanitario, en materia de salubridad general para supervisar  ...

Artículo 162 E Por los estudios y análisis sanitarios de laboratorio, que se realicen a petición de los particulares involucrados...

Artículo 162 F Por las infracciones a las disposiciones sanitarias señaladas en este Código...

Subsección Décima

Derechos por los Servicios Prestados por el Instituto de Catastro

Artículo 162 G Los servicios prestados por el Instituto de Catastro del Estado, causarán...

Subsección Undécima

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Gobierno en materia de Seguridad Pública

Artículo 162 H Los servicios prestados por la Secretaría de Gobierno en materia de Seguridad Pública causarán

Subsección Duodécima

Derechos por los Servicios Prestados por la Comisión Estatal del Agua, a través del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala

Artículo 162 I Los servicios que proporciona el Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala causarán los respectivos derechos...

Subsección Decimotercera

Derechos por los Servicios Prestados por la Secretaría de Fomento Agropecuario

Artículo 162 J Los servicios prestados por la Secretaría de Fomento Agropecuario causarán

Sección Segunda

Derechos por los Servicios Prestados por el Poder Judicial

Artículo 163 Los servicios que proporcione el Poder Judicial

Sección Tercera

Servicios Generales

Artículo 164 Los servicios que proporcione cualquier otra dependencia o entidad de los Poderes del Estado...

Artículo 165 Los servicios que proporcionen las dependencias del Poder Ejecutivo en virtud de leyes o decretos...

TÍTULO QUINTO

INGRESOS NO TRIBUTARIOS DEL ESTADO

Capítulo I

Productos

Artículo 166 Se consideran productos a favor del Estado los que obtenga por los conceptos...

Artículo 167 Los productos a que se refiere este artículo se recaudarán conforme a la tarifa..

Artículo 168 El arrendamiento de todo tipo de instalaciones dentro del Centro Expositor...

Artículo 169 Los productos no especificados en este capítulo se recaudarán de conformidad a los lineamientos...

Capítulo II

Aprovechamiento en Favor del Estado

Artículo 170 Se considerarán aprovechamientos, los ingresos que el Estado obtenga,...

Artículo 171 La Secretaría y las tesorerías en el ámbito de sus competencias administrarán los ingresos considerados como aprovechamientos...

Artículo 172 Los aprovechamientos derivados del ejercicio de las áreas administrativas que los generen...

TÍTULO SEXTO

INGRESOS TRIBUTARIOS DE LOS MUNICIPIOS

Capítulo I

Impuesto Predial

Artículo 173 Son objeto de este impuesto, la propiedad o posesión de los predios urbanos y rústicos

Artículo 174 Son sujetos de este impuesto: I. Los propietarios, poseedores civiles o...

Artículo 175 Son responsables solidarios del pago de este impuesto: I. Los poseedores...

Artículo 176 Los sujetos de este impuesto, cuando lo requieran tramitarán ante el Instituto de Catastro...

Artículo 177 La base de este impuesto será el valor catastral de los predios y de las..

Artículo 178 La base de este impuesto se modificará de acuerdo a la ley correspondiente...

Artículo 179 El nuevo valor catastral surtirá sus efectos a partir del bimestre en que se produzca el hecho o acto...

Artículo 180 Tratándose de fraccionamientos o condominios, el impuesto se causará por..

Artículo 181 Cada Municipio del Estado contará con una Comisión Consultiva Municipal, que tendrá el carácter ...

Artículo 182 La Comisión Consultiva Municipal estará constituida de la manera siguiente

Artículo 183 Las comisiones consultivas tendrán las siguientes facultades y obligaciones

Artículo 184 La organización y funcionamiento de las comisiones consultivas se regirá por ...

Artículo 185 Las tablas de valores tienen por objeto asignar valor catastral a los predios...

Artículo 186 La valoración se fundará en el valor del terreno y de las construcciones...

Artículo 187 Para la determinación de los valores unitarios de predios, se considerará:

Artículo 188 Para los efectos de este título, se entenderá por: I. Predio, la porción...

Artículo 189 Para la determinación de valores unitarios de los diferentes tipos de construcciones...

Artículo 190 En los casos de edificaciones construidas bajo el régimen de condominio...

Artículo 191 Tratándose de fraccionamientos, respecto a los predios que no hayan sido objeto de traslación...

Artículo 192 El avalúo practicado por la autoridad fiscal, cuando el contribuyente omita solicitar su actualización...

Artículo 193 El impuesto predial se calculará por períodos bimestrales, aplicando al valor catastral...

Artículo 194 El pago de este impuesto deberá hacerse dentro de los primeros quince días naturales del bimestre...

Artículo 195 Las Leyes de Ingresos de los municipios podrán fijar anualmente el porcentaje de bonificación...

Artículo 196 Los contribuyentes de este impuesto tendrán las siguientes obligaciones...

Artículo 197 Cuando se modifique la base del impuesto, durante un ejercicio fiscal que hubiese sido pagado por anticipado...

Artículo 198 DEROGADO

Artículo 199 El Director de Notarías y del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, no procederá a la inscripción...

Artículo 200 No estarán obligados al pago de este impuesto, los bienes de dominio público de la Federación...

Artículo 201 Los ayuntamientos, mediante acuerdos de carácter general, podrán conceder durante cada ejercicio fiscal...

Capítulo II

Impuesto Sobre Transmisión de Bienes Inmuebles

Artículo 202 Es objeto de este impuesto, la celebración de todo convenio o contrato que impliquen traslación de dominio de bienes inmuebles...

Artículo 203 Para los efectos de este código, se entenderá por traslación de dominio de bienes inmuebles...

Artículo 204 Son sujetos de este impuesto, las personas físicas o morales que realicen alguno de los actos enumerados...

Artículo 205 Son responsables solidarios: I. Quienes transmitan los bienes a que se refieren...

Artículo 206 Los notarios y corredores públicos, deberán solicitar a las tesorerías previamente...

Artículo 207 Las personas físicas o morales cuya actividad sea la venta de inmuebles,..

Artículo 208 La base de este impuesto será el valor mayor que resulte de comparar el precio de la transmisión...

Artículo 209 Este impuesto se pagará aplicando una tasa del dos por ciento sobre el valor que resulte mayor de los señalados...

Artículo 209 BIS DEROGADO

Artículo 210 Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior, no habrá obligación de pago de este impuesto

Artículo 211 El pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles, deberá hacerse dentro de los quince días siguientes...

Artículo 212 Si la adquisición opera en virtud de actos o contratos celebrados fuera del Estado...

Artículo 213 Cuando la adquisición de los bienes inmuebles opere por resoluciones de autoridades...

Artículo 214 Si el impuesto no se cubre dentro de los plazos establecidos en los artículos anteriores...

Artículo 215 Cuando el impuesto se cause por contratos de promesa de venta, de compraventa con reserva...

Capítulo III

Derechos por la Prestación de Servicios Municipales

Artículo 216 Los derechos por la prestación de los servicios que otorguen los municipios, se causarán en el momento...

Artículo 217 Son objeto de los derechos que particularmente establezca la Ley de Ingresos Municipal respectiva...

Artículo 218 Serán sujetos de los derechos municipales, las personas que soliciten la prestación de un servicio público...

Artículo 219 El importe de los derechos deberá ser cubierto, previamente a la prestación del servicio...

Artículo 220 La Ley de Ingresos para los municipios fijará anualmente las tasas o tarifas de los impuestos...

TÍTULO SÉPTIMO

INGRESOS NO TRIBUTARIOS DE LOS MUNICIPIOS

Capítulo I

Productos Municipales

Artículo 221 Serán productos municipales, los ingresos que obtengan los municipios, por...

Artículo 222 Las tesorerías administrarán los productos, en los términos previstos por las leyes...

Capítulo II

Aprovechamientos Municipales

Artículo 223 Son aprovechamientos municipales, los ingresos que los municipios percibirán por...

TÍTULO OCTAVO

CONTRIBUCIONES ESPECIALES

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 224 Contribuciones especiales son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y morales...

Artículo 225 Podrán efectuarse, mediante contribuciones especiales, obras públicas o acciones de beneficio social...

Artículo 226 En el importe de las obras se incluirán los gastos de estudio, planeación y los de ejecución de la obra...

Artículo 227 Determinado el importe neto de la obra, se dividirá entre el valor total de los predios beneficiados...

Artículo 228 La autoridad que coordine la ejecución de la obra o acción de beneficio social mediante contribuciones especiales, deberá:

Capítulo II

Organización de los Beneficiarios

Artículo 229 La autoridad que coordine la obra o la acción de beneficio social, una vez definido el monto de la contribución individual...

Artículo 230 El Consejo de beneficiarios se integrará por un Presidente, un Secretario y el número de vocales...

Artículo 231 El Consejo tendrá las facultades y obligaciones siguientes:...

Capítulo III

Pago de las Contribuciones Especiales

Artículo 232 Aprobado el convenio y el proyecto, se dará a conocer a los beneficiarios...

Artículo 233 Los adquirentes de predios sujetos a la causación de las contribuciones que establece este capítulo...

Artículo 234 Las contribuciones especiales a cargo de los beneficiarios determinadas conforme a los artículos anteriores...

TÍTULO NOVENO

CATASTRO

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 235 DEROGADO

Artículo 236 DEROGADO

Artículo 237 DEROGADO

Artículo 238 DEROGADO

Artículo 239 DEROGADO

Artículo 240 DEROGADO

Artículo 240A Los notarios y corredores públicos, en general están obligados a manifestar a la autoridad municipal correspondiente...

Capítulo II

Procedimiento Valuatorio

Artículo 241 DEROGADO

Artículo 242 DEROGADO

Artículo 243 DEROGADO

Artículo 244 DEROGADO

TÍTULO DÉCIMO

PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN

Capítulo I

Planeación

Artículo 245 La planeación del desarrollo del Estado y de sus municipios, estará sujeta a las disposiciones de este título...

Artículo 246 La planeación estatal y municipal del desarrollo, constituye la ordenación racional y sistemática...

Artículo 246 BIS La Planeación del Desarrollo del Estado estará basada además...

Artículo 247 La conducción del desarrollo del Estado es facultad del Gobernador, quien elaborará el Plan Estatal de Desarrollo...

Artículo 247 BIS El Gobernador del Estado y los Presidentes Municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias...

Artículo 248 Son autoridades y órganos responsables de la planeación del desarrollo...

Artículo 249 El desarrollo del Estado se sustentará en un Sistema de Planeación Democrática...

Artículo 250 El Sistema Estatal de Planeación Democrática estará a cargo de las dependencias...

Artículo 251 Las políticas, estrategias, objetivos y metas del desarrollo, que se determinen...

Artículo 252 El Gobernador del Estado, previamente a la publicación del Plan Estatal de Desarrollo...

Artículo 253 El Estado y los municipios, una vez aprobado el Plan de Desarrollo que corresponde a su ámbito de competencia...

Artículo 254 En los informes que anualmente rindan el Ejecutivo del Estado y los presidentes municipales...

Capítulo II

Coordinación de la Planeación

Artículo 255 DEROGADO

Artículo 256 DEROGADO

Artículo 257 DEROGADO

Artículo 258 DEROGADO

Artículo 259 DEROGADO

Artículo 260 DEROGADO

Artículo 261 DEROGADO

Capítulo III

Programación

Artículo 262 Las dependencias y entidades deberán elaborar programas anuales, incorporando la perspectiva de género...

Artículo 263 Los programas se identificarán como sectoriales, regionales, institucionales y especiales...

Artículo 264 Para efectos de este código, los programas se definen de la manera...

Artículo 265 La ejecución de los programas que se establezcan corresponderá originalmente a la unidad responsable...

Artículo 266 Las dependencias de la Administración Pública Federal con representación en el Estado...

Artículo 267 El Estado y los municipios podrán concertar la ejecución de los programas con la ciudadanía...

Capítulo IV

Presupuesto de Egresos

Sección Primera

Disposiciones Generales

Artículo 268 El Presupuesto de Egresos es el documento aprobado por el H. Congreso del Estado...

Artículo 269 El gasto público comprende todas aquellas erogaciones que se realicen por concepto de gasto corriente...

Artículo 270 El Gobernador, por conducto de la Secretaría, proporcionará a las unidades presupuestales...

Artículo 271 En materia de presupuesto de egresos, la Secretaría y las tesorerías...

Artículo 271 A Todo proyecto de ley o decreto que sea sometido a votación del Congreso,...

Artículo 272 Los titulares de las dependencias y entidades o instituciones que reciban recursos públicos...

Sección Segunda

Formulación del Presupuesto

Artículo 273 El presupuesto de egresos se realizará con base en la formulación de presupuestos por programas con enfoque a resultados...

Artículo 273 BIS Para los efectos del artículo anterior se entiende por Presupuestos Públicos con perspectiva de género...

Artículo 273 TER La elaboración del Presupuesto con perspectiva de género...

Artículo 274 La formulación del presupuesto de egresos se realizará conforme al manual que emita la Secretaría y las tesorerías...

Artículo 274 A Se podrá incurrir en un Balance presupuestario de recursos disponibles..

Artículo 274 B Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos

Artículo 274 C El Presupuesto de Egresos del Estado deberá prever recursos para atender a la población afectada...

Artículo 275 El presupuesto de egresos, formulado con base en programas con enfoque a resultados...

Artículo 275 A En materia de servicios personales se observará lo siguiente: I. La asignación...

Artículo 275 B El Estado y los Municipios deberán considerar en su Presupuesto de Egresos

Artículo 275 C Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior, previstos en el proyecto de Presupuesto de Egresos...

Artículo 276 Las unidades presupuestales, a más tardar el día treinta de septiembre de cada ejercicio...

Artículo 277 La Secretaría y las tesorerías podrán solicitar a sus unidades presupuestales...

Artículo 278 Si alguna de las unidades presupuestales dejare de presentar su anteproyecto de presupuesto...

Sección Tercera

De la Comisión de Gasto-Financiamiento

Artículo 279 La Comisión de Gasto-Financiamiento se crea con carácter de permanente, la que en su ámbito de competencia...

Artículo 280 La Comisión actuará durante todo el proceso de planeación, programación, presupuestación...

Artículo 281 Corresponde a la Comisión el desempeño de las siguientes funciones:...

Artículo 282 La Comisión estará integrada por el Oficial Mayor de Gobierno, el Secretario de Finanzas,...

Artículo 283 La Comisión estará orgánicamente estructurada de la siguiente manera:...

Artículo 284 Los miembros de la Comisión tendrán las siguientes atribuciones: I. El...

Sección Cuarta

Iniciativa, Discusión y Aprobación del Presupuesto de Egresos

Artículo 285 La iniciativa que contenga el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado...

Artículo 286 La aprobación de la Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos no podrá en ningún caso...

Artículo 287 El documento que contenga la iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos...

Sección Quinta

Ejecución del Presupuesto

Artículo 288 El gasto público se deberá ajustar a los montos autorizados para los programas...

Artículo 289 Los poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos o instituciones que por mandato de ley...

Artículo 290 La Secretaría y las tesorerías, examinarán y autorizarán, en el ámbito de su competencia...

Artículo 291 Las partidas relativas al gasto público comprendidas en el Presupuesto de Egresos...

Artículo 292 La ministración de recursos se efectuará con base en los calendarios presupuestales...

Artículo 292 A A más tardar el 15 de enero de cada año, se deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación...

Artículo 293 La Secretaría o las tesorerías, en el ámbito de su competencia, podrán suspender la ministración...

Artículo 294 Las dependencias y entidades, y las demás unidades presupuestales a que refiere este código...

Artículo 295 El desempeño de un empleo, cargo o comisión remunerado con cargo al Presupuesto de Egresos...

Artículo 296 Cuando algún servidor público fallezca y tuviere cuando menos una antigüedad en el servicio de seis meses...

Artículo 297 La Secretaría y las tesorerías quedan facultadas para efectuar en el momento de realizar los pagos correspondientes...

Sección Sexta

Modificaciones al Presupuesto

Artículo 298 Cuando la celebración de convenios con la Federación o la aplicación de acuerdos, leyes o decretos...

Artículo 299 Cuando el Estado perciba mayores recursos en el transcurso del año por eficiencia en la recaudación...

Artículo 300 En los casos en que se presente una disminución no prevista de los ingresos...

Artículo 301 Cualquier modificación al presupuesto de egresos autorizado que implique traspasos y/o ampliaciones del gasto público...

Artículo 301 A DEROGADO

Capítulo V

Control y Evaluación del Gasto Público

Artículo 302 Los titulares de las dependencias y entidades y las demás unidades presupuestales a que se refiere este código...

Artículo 303 La Secretaría, la Secretaría de la Función Pública, las tesorerías y el órgano de control correspondiente,...

Artículo 304 La Secretaría en coordinación con la Secretaría de la Función Pública y los órganos de control...

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO

REGISTRO, CONTABILIDAD Y CUENTA PÚBLICA

Capítulo Único

Artículo 305 Las dependencias y entidades del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial...

Artículo 306 DEROGADO

Artículo 307 DEROGADO

Artículo 308 Son objetivos de la contabilidad gubernamental: I. Registrar contable y...

Artículo 309 El registro contable y presupuestal que realicen las unidades presupuestales...

Artículo 310 Las unidades presupuestales proporcionarán a la Secretaría, Tesorería u...

Artículo 311 Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los municipios y organismos autónomos remitirán...

TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO

INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS FISCALES

Capítulo I

Generalidades

Artículo 312 Con independencia de las responsabilidades, sanciones o penas en que se incurra...

Artículo 313 Cuando con un solo acto u omisión se cometan varias infracciones, sólo se aplicará...

Artículo 314 No se impondrán sanciones cuando se cumplan de manera espontánea las...

Artículo 315 Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo cuando: I. La omisión sea descubierta...

Artículo 316 La autoridad fiscal, al imponer las sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales...

Artículo 317 Para efectos del artículo anterior, se considerará como agravantes, las...

Artículo 318 Cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones...

Artículo 319 No se impondrá sanción alguna cuando el infractor demuestre o la autoridad aprecie...

Capítulo II

Infracciones y Sanciones

Artículo 320 Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones...

Artículo 321 Son infracciones y sanciones aplicables a notarios y corredores públicos,...

Artículo 322 Son infracciones y sanciones aplicables a terceros: I. Hacer constar...

Artículo 323 Las autoridades fiscales, en su respectivo ámbito de competencia, podrán condonar total o parcialmente...

Capítulo III

Delitos Fiscales

Artículo 324 En todos los casos previstos como delitos por el presente código se necesitará...

Artículo 325 Los procesos por los delitos a que se refiere este capítulo se sobreseerán a petición de la Secretaría...

Artículo 326 Es responsable de encubrimiento en materia fiscal, quien, sin previo acuerdo...

Artículo 327 Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión al depositario o interventor designado...

Artículo 328 Comete el delito de defraudación fiscal quien mediante el uso de engaños o aprovechándose de manera intencional...

Artículo 329 Al que cometa el delito de defraudación fiscal se le impondrán de tres meses a un año de prisión...

Artículo 330 Cuando algún servidor público participe en cualquier forma, prestando ayuda o facilitando o cometiendo...

Artículo 331 La acción penal que nazca de delitos fiscales prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético...

Artículo 332 En lo no previsto en el presente capítulo se aplicará, de manera supletoria, lo establecido en el Código Penal...

TÍTULO DÉCIMO TERCERO

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Capítulo I

Generalidades

Artículo 333 Podrá iniciarse el procedimiento administrativo de oficio o a petición de quien demuestre un interés...

Artículo 334 La autoridad fiscal adoptará las medidas necesarias para procurar la economía...

Artículo 335 DEROGADO

Artículo 336 Las autoridades fiscales, mediante acuerdo debidamente razonado, podrán habilitar los días y horas inhábiles...

Artículo 337 La autoridad fiscal, durante el trámite de procedimiento administrativo, deberá mantener el orden...

Artículo 338 Para efectos del artículo anterior, las autoridades fiscales, podrán, mediante acuerdo...

Artículo 339 Los servidores públicos que conozcan o dictaminen y quienes los asesoren,.

Artículo 340 En cualquier estado del procedimiento, hasta antes de que se dicte resolución...

Artículo 341 A falta de disposición expresa de este título, se aplicarán supletoriamente las disposiciones...

Capítulo II

Formalidades

Artículo 342 Las promociones que se presenten en los procedimientos administrativos previstos por este código...

Artículo 343 Cuando no exista un formato específico, las promociones deberán presentarse...

Artículo 344 En el caso de no darse cumplimiento a la fracción II del artículo anterior

Artículo 345 En ningún procedimiento administrativo previsto por este código se admitirá la gestión de negocios...

Artículo 346 Los promoventes podrán autorizar por escrito a personas que a su nombre y representación reciban sus notificaciones...

Capítulo III

Notificaciones

Artículo 347 Las notificaciones de los actos administrativos se realizarán:...

Artículo 348 Las notificaciones personales se practicarán en el último domicilio que el contribuyente hubiere proporcionado...

Artículo 349 Las notificaciones personales también podrán practicarse en el local que ocupen las oficinas de la autoridad fiscal..

Artículo 350 Las notificaciones personales relacionadas con créditos fiscales provenientes de bienes inmuebles...

Artículo 351 DEROGADO

Artículo 352 Las notificaciones por edictos se realizarán haciendo publicaciones que contendrán un resumen de las resoluciones por notificar...

Artículo 353 Las notificaciones por estrados, se harán fijando durante seis días el documento que se pretenda notificar...

Artículo 354 Las notificaciones surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en que fueron hechas...

Artículo 355 Cuando el notificador-ejecutor realice una notificación sin observar el procedimiento establecido en este código...

Capítulo IV

Procedimiento de Ejecución

Sección Primera

Generalidades

Artículo 356 Las autoridades fiscales están investidas de la facultad económico coactiva, para exigir el pago de los créditos fiscales...

Artículo 356 A Se podrá practicar el embargo precautorio sobre los bienes o la negociación del contribuyente...

Artículo 357 Las facultades de las autoridades fiscales se ejercerán en la forma y términos que dispongan las leyes...

Artículo 358 DEROGADO

Artículo 359 Cuando sea necesario emplear el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivo un crédito fiscal...

Artículo 360 Los contribuyentes están obligados al pago de los gastos extraordinarios de ejecución que originen...

Artículo 361 El procedimiento administrativo de ejecución se iniciará por la autoridad fiscal competente...

Artículo 362 En el mismo mandamiento de ejecución la autoridad fiscal competente designará al servidor público...

Artículo 363 No será necesario instaurar el procedimiento administrativo de ejecución cuando el crédito fiscal

Artículo 364 El notificador-ejecutor, designado por la autoridad fiscal competente, se constituirá en el domicilio fiscal del contribuyente...

Artículo 365 Una vez agotado el procedimiento administrativo de ejecución con el responsable principal...

Sección Segunda

Embargo e Intervención

Artículo 366 Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y sus accesorios legales...

Artículo 367 El embargo de bienes en la vía administrativa, procederá:...

Artículo 368 Agotado el procedimiento administrativo el Actuario que designe la autoridad fiscal competente...

Artículo 369 El contribuyente deudor, su representante legal o, en su defecto, la persona con quien se entienda la diligencia...

Artículo 370 El notificador-ejecutor podrá señalar los bienes a embargar, sin sujetarse al orden establecido en al artículo anterior...

Artículo 371 En el supuesto de que los bienes señalados para trabar el embargo estén sujetos a cédula hipotecaria o ya embargados...

Artículo 372 Si al designarse bienes para el embargo administrativo, se opusiere un tercero fundándose en el dominio de ellos...

Artículo 373 Quedan exceptuados de embargo: I. Las prendas de vestir del...

Artículo 374 El notificador-ejecutor trabará ejecución en bienes bastantes para cubrir los créditos fiscales...

Artículo 375 Si el contribuyente o cualquiera otra persona, impidiere materialmente al notificador-ejecutor el acceso al domicilio...

Artículo 376 El embargo podrá ampliarse en cualquier momento del procedimiento administrativo de ejecución...

Artículo 377 En caso de que durante el embargo, la persona con quien se entienda la diligencia no abriere las puertas del edificio...

Artículo 378 Cuando el embargo recaiga sobre créditos, será notificado personalmente por el Actuario

Artículo 379 Los bienes muebles o inmuebles y negociaciones embargados se dejarán bajo la guarda del o de los depositarios...

Artículo 380 El embargo de inmuebles o de negociaciones de cualquier genero, se inscribirá...

Artículo 381 En los embargos de bienes raíces o de negociaciones, los depositarios tendrán el carácter de administradores...

Artículo 382 El interventor encargado de la caja, después de separar las cantidades que correspondan por concepto de salarios y demás créditos preferentes...

Artículo 383 El interventor administrador tendrá todas las facultades que normalmente correspondan a la administración de la sociedad...

Artículo 384 El interventor administrador tendrá las obligaciones siguientes: l. Rendir cuentas mensuales...

Artículo 385 Las autoridades fiscales podrán proceder a la enajenación de la negociación intervenida

Artículo 386 La intervención se levantará cuando el crédito fiscal se hubiere satisfecho o cuando de conformidad con este código...

Artículo 387 La responsabilidad de los depositarios e interventores cesará con la entrega de los bienes embargados...

Sección Tercera

Remates

Artículo 388 DEROGADO (Primer párrafo)

Artículo 389 DEROGADO

Artículo 390 Las autoridades no fiscales, en ningún caso podrán sacar a remate bienes embargados..

Artículo 391 La base para el remate de los bienes embargados, ya sean bienes muebles, bienes inmuebles, derechos o negociaciones...

Artículo 392 El embargado o terceros acreedores que no estén conformes con la valuación hecha...

Artículo 393 Para proceder al remate de los bienes inmuebles, derechos reales o posesorios y de negociaciones embargadas...

Artículo 394 El remate de bienes y derechos deberá ser convocado al día hábil siguiente de haberse efectuado la notificación del avalúo...

Artículo 395 DEROGADO

Artículo 396 DEROGADO

Artículo 397 Mientras no se hubieran rematado, enajenado o adjudicados los bienes o derechos el contribuyente puede liberarse de la ejecución...

Artículo 398 Es postura legal en la subasta pública, la que cubra las dos terceras partes...

Artículo 399 Para tener derecho a comparecer como postor, deberá cumplirse los requisitos...

Artículo 400 Cuando el postor en cuyo favor se hubiera fincado un remate no cumpla con las obligaciones contraídas...

Artículo 401 El documento digital en que se haga la postura, deberá contener los siguientes datos:

Artículo 402 En la página electrónica de subastas de la autoridad fiscal convocante...

Artículo 403 Fincado el remate se aplicará el depósito constituido y el postor, dentro de los tres días siguientes...

Artículo 404 DEROGADO

Artículo 405 Los bienes inmuebles pasarán a ser propiedad del comprador, libres de todo gravamen fiscal...

Artículo 406 Una vez que se hubiera otorgado y firmado la escritura en que conste la adjudicación de un inmueble...

Artículo 407 Si el remate fuere de bienes muebles, la autoridad fiscal competente entregará al adquiriente...

Artículo 408 Queda estrictamente prohibido a los servidores públicos estatales o municipales...

Artículo 409 El producto del remate se aplicará al pago del crédito fiscal, en el orden...

Artículo 410 Si hubiere otros acreedores, los derechos de la hacienda pública estatal o municipal...

Artículo 411 La hacienda pública estatal o municipal podrá adjudicarse, en cualquier almoneda...

Artículo 412 Cuando no se hubiere fincado el remate en la primera almoneda, si la autoridad lo estima conveniente..

Artículo 413 Las autoridades fiscales podrán vender los bienes embargados fuera de subasta...

Artículo 414 Las cantidades excedentes después de haber hecho la aplicación del producto del remate...

Artículo 415 De todo remate, se hará constar en la misma página electrónica de la autoridad fiscal convocante

Sección Cuarta

Tercerías

Artículo 416 Las tercerías sólo podrán ser excluyentes de dominio o de preferencia en el pago...

Artículo 417 El tercerista presentará, por duplicado, ante la autoridad fiscal competente que corresponda...

Artículo 418 Transcurrido el término a que se refiere el artículo anterior, de oficio se abrirá a prueba la controversia...

Artículo 419 Las autoridades fiscales competentes, con vista en las pruebas presentadas...

Artículo 420 Los terceros podrán ocurrir ante la autoridad fiscal competente, señalándole otros bienes...

Artículo 421 Los terceros que, satisfechos los créditos fiscales, pretendan cobrar...

Capítulo V

Recurso de Revocación

Artículo 422 Contra los actos y resoluciones definitivas, en materia fiscal, dictados por las autoridades estatales y municipales...

Artículo 423 Es improcedente el recurso, cuando se haga valer contra actos: I. Que no...

Artículo 424 Todo escrito de interposición del recurso deberá cumplir las formalidades previstas en este código...

Artículo 425 Deberán acompañarse al escrito de interposición del recurso, en original y copia legible...

Artículo 426 Interpuesto el recurso, la autoridad que conozca del mismo ordenará que se forme y registre...

Artículo 427 En el mismo acuerdo a que se refiere el artículo anterior, la autoridad proveerá..

Artículo 428 Sólo se admitirán en el recurso, las pruebas que tengan relación con el asunto...

Artículo 429 Harán prueba plena la confesión expresa del recurrente, las presunciones..

Artículo 430 La autoridad deberá resolver el recurso, en un término máximo de tres meses

Artículo 431 La resolución deberá contener los motivos y razonamientos en que se apoye,...

Artículo 432 La resolución que ponga fin al recurso podrá: I. Confirmar el acto o...

Artículo 433 Si la resolución ordena realizar determinado acto o iniciar la reposición del procedimiento administrativo...

TÍTULO DÉCIMO CUARTO

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 434 Los juicios que se promuevan ante el Tribunal, se regirán por las disposiciones de este título...

Artículo 435 Son partes en el juicio contencioso administrativo: I. El demandante;...

Artículo 436 Toda promoción deberá estar firmada por quien la formule y sin este requisito se tendrá por no presentada...

Artículo 437 Ante el Tribunal no procederá la gestión de negocios. Quien promueva a nombre de otra...

Artículo 438 En los juicios que se tramiten ante el Tribunal no habrá lugar a condenación en costas...

Capítulo II

De la Improcedencia y del Sobreseimiento

Artículo 439 Es improcedente el juicio ante el Tribunal en los casos, por las causales...

 Artículo 440 Procede el sobreseimiento: I. Por desistimiento del demandante;...

Capítulo III

De los Impedimentos y Excusas

Artículo 441 El magistrado estará impedido para conocer, cuando:

Artículo 442 El magistrado tiene el deber de excusarse del conocimiento de los negocios...

Artículo 443 Manifestada por el magistrado la causa de impedimento, el Presidente del Tribunal...

Capítulo IV

De la Demanda

Artículo 444 La demanda se presentará por escrito directamente ante la sala competente,

Artículo 445 La demanda deberá indicar: I. El nombre del demandante y su domicilio...

Artículo 446 Los particulares o sus representantes legales, que soliciten la suspensión de la ejecución...

Artículo 447 El demandante deberá adjuntar a su demanda: I. Una copia de la misma y...

Artículo 448 Cuando se alegue que el acto administrativo no fue notificado o que lo fue ilegalmente...

Artículo 449 Se podrá ampliar la demanda, dentro de los veinte días siguientes a aquel...

Artículo 450 El tercero, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquel en que se corra traslado de la demanda...

Capítulo V

De la Contestación

Artículo 451 Admitida la demanda se correrá traslado de ella al demandado, emplazándolo para que la conteste...

Artículo 452 El demandado en su contestación y en la contestación de ampliación de la demanda..

Artículo 453 El demandado deberá adjuntar a su contestación: I. Copias de la misma y...

Artículo 454 En la contestación de la demanda no podrán cambiarse los fundamentos de derecho...

Artículo 455 Cuando haya contradicciones entre los fundamentos de hecho y de derecho...

Capítulo VI

De los Incidentes

Artículo 456 En el juicio contencioso administrativo solo serán de previo y especial...

Artículo 457 Procede la acumulación de dos o mas juicios pendientes de resolución en los casos...

Artículo 458 La interrupción del juicio por causa de muerte, disolución, incapacidad o declaratoria de ausencia...

Artículo 459 Las partes podrán recusar al magistrado o a los peritos del Tribunal, cuando estén en alguno de los casos...

Artículo 460 La recusación del magistrado se promoverá mediante escrito que se presente en la sala de que se trate...

Artículo 461 Los particulares podrán promover el incidente de suspensión de la ejecución,...

Artículo 462 En el auto que admita el incidente a que se refiere el artículo 461, el magistrado ordenará correr traslado a la autoridad...

Artículo 463 Cuando se promueva alguno de los incidentes previstos en el artículo 456 se suspenderá el juicio...

Artículo 464 Cuando alguna de las partes sostenga la falsedad de un documento, incluyendo las promociones y actuaciones en juicio...

Capítulo VII

De las Pruebas

Artículo 465 En los juicios que se tramiten ante el Tribunal, serán admisibles toda clase de pruebas...

Artículo 466 La prueba pericial se sujetará a lo siguiente: I. En el auto que recaiga...

Artículo 467 Para desahogar la prueba testimonial se requerirá a la oferente para que presente a los testigos..

Artículo 468 A fin de que las partes puedan rendir sus pruebas, los funcionarios o autoridades...

Artículo 469 La valoración de las pruebas se hará de acuerdo con las siguientes...

Capítulo VIII

Del Cierre de la Instrucción

Artículo 470 El magistrado, diez días después de que haya concluido la sustanciación del juicio...

Capítulo IX

De la Sentencia

Artículo 471 La sentencia se dictará por la sala, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquel..

Artículo 472 Las sentencias se fundarán en derecho y resolverán sobre la pretensión del actor que se deduzca de su demanda...

Artículo 473 Se declarará que una resolución administrativa es ilegal cuando se demuestre

Artículo 474 La sentencia definitiva podrá: I. Reconocer la validez de la resolución...

Capítulo X

De los Medios de Impugnación

Sección Primera

De la Reclamación

Artículo 475 El recurso de reclamación procederá en contra de las resoluciones del magistrado que admitan...

Artículo 476 Interpuesto el recurso a que se refiere el artículo anterior, se ordenará correr traslado...

Artículo 477 Cuando la reclamación se interponga en contra del acuerdo que sobresea el juicio antes de que se hubiere cerrado la instrucción...

Sección Segunda

De la Revisión

Artículo 478 Las resoluciones de la sala que decreten o nieguen sobreseimientos y las sentencias definitivas...

TÍTULO DÉCIMO

COORDINACIÓN HACENDARIA

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 479 La aplicación de las disposiciones en materia de coordinación hacendaria...

Artículo 480 El presente título contiene los principios fundamentales bajo los cuales se establecerá la coordinación hacendaria...

Artículo 481 Los recursos objeto de coordinación hacendaria son los siguientes:...

Artículo 482 Los municipios que no cuenten con la capacidad e infraestructura administrativa...

Artículo 483 El Congreso conocerá de los convenios de coordinación y de colaboración administrativa...

Artículo 484 Los recursos que la Federación transfiera al Estado derivados de programas federales de descentralización del gasto...

Artículo 485 Los recursos a que se refiere este título, formarán parte del ingreso y del gasto del Estado y de los municipios...

Artículo 486 El Ejecutivo será el responsable de distribuir y entregar a los municipios los recursos que les corresponda...

Artículo 487 Los ingresos provenientes del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal e Incentivos Federales...

Artículo 488 Los recursos a que se refiere este título, no serán embargables, ni los gobiernos estatal y municipales...

Artículo 488 A Las multas que perciba el Gobierno del Estado de Tlaxcala como consecuencia de actos regulados...

Capítulo II

De la Planeación y Participación Ciudadana

Artículo 489 La coordinación entre el Ejecutivo y los ayuntamientos tendrá como propósito principal...

Artículo 490 Los ayuntamientos constituirán, los comités de planeación de desarrollo municipal...

Capítulo III

Del Sistema Estatal de Coordinación Hacendaria

Artículo 491 Con las atribuciones conferidas al Gobierno del Estado y a los ayuntamientos...

Artículo 492 El Sistema Estatal de Coordinación Hacendaria tiene por objeto:...

Artículo 493 El Ejecutivo transferirá, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal,...

Artículo 494 La coordinación entre el Ejecutivo y los ayuntamientos deberá armonizar con enfoque de género...

Capítulo IV

De las Bases de Coordinación en Ingreso y Gasto

Artículo 495 Al Estado de Tlaxcala, como miembro del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal le son aplicables…

Artículo 496 Los impuestos y los derechos que se señalen en el convenio de adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal...

Artículo 497 El Estado de Tlaxcala recibirá las participaciones correspondientes de los ingresos federales...

Artículo 498 El Estado podrá celebrar convenios de colaboración administrativa con la federación...

Artículo 499 En las relaciones de los Gobiernos Federal y Estatal, derivadas del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal...

Artículo 500 El Estado y los municipios podrán coordinarse en materia de gasto público con el objeto de realizar programas...

Artículo 501 El Congreso establecerá normas que aseguren que el ejercicio del gasto se realice...

Artículo 502 Los fondos creados a favor del Estado y de sus municipios, con cargo a recursos de la federación...

Capítulo V

De la Distribución de Participaciones a los Municipios

Artículo 503 Los ingresos municipales derivados del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal e incentivos federales...

Artículo 503 A DEROGADO

Artículo 503 B Se crea el Fondo Estatal Participable del Registro Civil, mismo que se constituirá...

Artículo 504 Los ingresos señalados en el artículo anterior, integrarán el Fondo Estatal Participable...

Artículo 504 A Los ingresos municipales establecidos en el Artículo 503, fracción I,...

Artículo 504 B Los ingresos por concepto de incentivo derivado de la recaudación que el Estado realice...

Artículo 504 C Los ingresos municipales establecidos en el artículo 503...

Artículo 504 D Los ingresos municipales establecidos en el artículo 503, fracción I...

Artículo 504 E Para efectos de lo establecido en el artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal...

Artículo 505 Para efectos de los artículos 504-A, 504-C y 504-D que anteceden...

Artículo 506 El Fondo Estatal Participable se determinará por cada ejercicio fiscal, el cual de manera provisional se entregará mensualmente...

Artículo 507 De conformidad a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 7 de la Ley de Coordinación Fiscal...

Artículo 508 El Régimen de Participaciones e Incentivos Federales derivados de convenios para los municipios en ingresos federales...

Artículo 509 Las participaciones serán cubiertas en efectivo, no en obra, sin condicionamiento alguno...

Artículo 510 Las Presidencias de Comunidad coadyuvarán con los ayuntamientos en las funciones que realizan...

Artículo 511 Los recursos de las participaciones fiscales derivadas de este código, que los ayuntamientos otorguen...

Artículo 512 Para la interpretación, aplicación, control, vigilancia y fiscalización de sus recursos...

Capítulo VI

De los Fondos de Aportación Federal

Artículo 513 Son fondos de aportaciones federales: I. Fondo de Aportaciones para la...

Artículo 514 Los Fondos de las fracciones I, II, VI, VII y VIII del artículo anterior,

Artículo 515 Los Fondos señalados en las fracciones III, IV y V del artículo 513 serán destinados prioritariamente al financiamiento de obras...

Artículo 516 Las obras o acciones que se lleven a cabo con los recursos a que se refiere el presente capítulo...

Artículo 517 La Secretaría con base en los lineamientos establecidos por la Ley de Coordinación Fiscal...

Artículo 518 Los ayuntamientos formularán los expedientes técnicos de las obras que financien con recursos…

Artículo 519 Los ayuntamientos deberán hacer del conocimiento de las comunidades beneficiadas las obras y acciones a realizar...

Artículo 520 El monto de la inversión autorizada y ejercida mediante los fondos a que se refiere este capítulo...

Artículo 521 El Ejecutivo y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias...

Artículo 522 El Gobierno del Estado, a través de la dependencia respectiva, proporcionará a las instancias competentes...

Artículo 523 Las aportaciones federales y sus accesorios, no serán embargables, ni podrán bajo ninguna circunstancia gravarse...

Artículo 523 A Las aportaciones del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios...

Artículo 523 B Las retenciones y pagos que se realicen con cargo a los recursos del Fondo de Aportaciones...

Artículo 523 C Los ingresos que, por la recaudación de derechos por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas y descargas...

Capítulo VII

De los Organismos de Coordinación Hacendaria

Artículo 524 El Ejecutivo por conducto de la Secretaría, el Congreso a través del Órgano de Fiscalización y los ayuntamientos...

Artículo 525 La Reunión Estatal de Servidores Públicos Hacendarios se llevará a cabo...

Artículo 526 En la Reunión se conocerá, por lo menos de los siguientes asuntos:...

Artículo 527 El Consejo Permanente de Coordinación Hacendaria es un órgano de consulta,...

Artículo 528 El Consejo Permanente de Coordinación Hacendaria se integrará de la siguiente manera...

Artículo 529 El Consejo Permanente de Coordinación Hacendaria será presidido por el titular de la Secretaría...

Artículo 530 El Instituto de Capacitación hacendaría del Estado de Tlaxcala tiene...

Artículo 531 El Instituto de Capacitación Hacendaria del Estado de Tlaxcala tendrá un...

Artículo 532 Las reuniones, la integración y los mecanismos de trabajo de los órganos de coordinación...

Artículo 533 Los Órganos de Coordinación Hacendaria promoverán que el Estado y los...

Capítulo VIII

Del Control, Supervisión y Fiscalización de los Recursos

Artículo 534 El control, vigilancia y supervisión en la aplicación de los recursos...

Artículo 535 El Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala, al tener conocimiento de irregularidades...

Artículo 536 Las responsabilidades administrativas, civiles y penales, que se deriven del…

TRANSITORIOS

Artículo Primero Entrada en vigor

Artículo Segundo Abrogación de Códigos y Leyes

Artículo Tercero Derogación de disposiciones que contravengan u opongan a lo que establece este código

Artículo Cuarto Los Artículos 98A y 98B de la Ley de Hacienda del Estado de Tlaxcala continuarán aplicándose hasta que se expida el Reglamento de Tránsito

Artículo Quinto De los procedimientos en trámite

Artículo Sexto Plazo para creación del Instituto de Catastro

Artículo Séptimo Características del Instituto de Catastro

Artículo Octavo Delitos y sanciones a incorporar al Código Penal del Estado

Artículo Noveno En caso de incremento en el porcentaje del fondo general de participaciones federales

Artículo Décimo Condiciones para entrada en vigor de disposiciones del Título Décimo Cuarto

Artículo Décimo Primero Se instruye al Congreso del Estado inicie reformas para facultar a la Institución de Asistencia Jurídica Social

Artículo Décimo Segundo Los Poderes Ejecutivo y Legislativo publicarán las reglas de operación e interpretación 

Artículos que fundamentan la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias

CODIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE TLAXCALA Y SUS MUNICIPIOS

Regulación vigente transparencia

PENDIENTE

Autoridad que la emite:

Autoridad que la aplica

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO - UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE TLAXCALA,

OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO,

SECRETARÍA DE IMPULSO AGROPECUARIO,

SECRETARÍA DE GOBIERNO,

INSTITUTO DE CATASTRO,

SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE,

SECRETARÍA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA,

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE,

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

No existen relaciones

Listado de trámites relacionados

No existen tramites relacionados a esta regulación

Listado de servicios relacionados

Fundamento jurídico para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias:

CODIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE TLAXCALA Y SUS MUNICIPIOS

Lista de inspecciones relacionadas a la regulación:

Lista de inspectores relacionadas a la regulación: